Registro y control de horas laborales

La modificación del Estatuto de los Trabajadores que ha anunciado el Consejo de Ministros del Gobierno del 8 de marzo de 2019, obliga a registrar las horas laborales de sus trabajadores. Además, las empresas tienen que conservar estos datos durante cuatro años por si los solicita la Inspección de Trabajo. ¿Qué significa esto para tu empresa y cómo puedes solucionarlo?
La Inspección de Trabajo, que es la organización administrativa responsable del servicio público de control y vigilancia del cumplimiento de las normas de orden social, parece haber tomado clara nota del mensaje de La Audiencia Nacional y el Consejo de Ministros. Como consecuencia, el informe de horas trabajadas por trabajador (en tiempo parcial) y mes se ha convertido en una de las primeras exigencias en caso de inspección laboral. Este control, según la Audiencia Nacional, debe realizarse incluso en aquellas compañías en las que no se hagan horas extra.
Esto quiere decir que las empresas están obligadas a:
Si en tu empresa no hay ningún registro de la hora de entrada y salida de los trabajadores y el cómputo de la jornada laboral de cada trabajador mensualmente, puedes tener serios problemas, con multas elevadas.
Para evitar problemas, registra día a día la jornada de todos tus trabajadores o por lo menos los que tengan un contrato a tiempo parcial. Para ello:
Te proponemos una software fácil de usar, práctico y económico.
Para poder controlar los horarios de los trabajadores de una manera ágil y así cumplir con la ley, proponemos una aplicación que permite marcaje de usuarios vía app, tableta o entorno web. Sus características principales son:
Cualquier trabajador fijo, comerciales, agencias de transporte, abogados, freelancers, servicios de limpieza, montadores… y cualquier tipo de trabajador móvil o estático, podrá demostrar de cara al cliente las horas empleadas en cada lugar de trabajo.
Te lo podemos instalar e implementar lo antes posible. Las ventajas: